quinta-feira, 4 de fevereiro de 2010

LA PENA DE MUERTE

Por: MARIA LUIZA MARTINS SOTO

La pena de muerte se aplica en muchos países. En varios países la pena de muerte queda abolida en todos los delitos, en la mayoría de los países de Europa y Oceanía. En América del Norte, fue abolida en Canadá y México y en partes de los Estados Unidos de América. En América del Sur, en Argentina sigue vigente la pena de muerte para algunos delitos, pero están completamente fuera del ámbito de los ciudadanos comunes, por ejemplo, la traición en tiempo de guerra. Treinta y seis estados de los Estados Unidos, Guatemala y la mayoría del Caribe, Asia y África todavía mantienen la pena de muerte para los delitos comunes. En el caso de Rusia, la pena de muerte no se ejecute hace mucho tiempo, sin embargo hay la previsión.

Para aquellos que defienden la pena de muerte no hay datos de que su aplicación ha causado considerable disminución de los delitos relacionados con ella o que impiden la acción de las personas en los crímenes a ella aplicados.

En Brasil, la pena máxima para el cumplimiento en el proceso de encarcelamiento, de cualquier delito, es de 30 (treinta) años de prisión, según lo previsto en nuestra legislación. No hay permiso para el despliegue de la pena de muerte, con excepción en períodos de guerra, de acuerdo con el artículo 5 del inciso XLVII de la Constitución - no hay castigo: a) la muerte, salvo en caso de guerra declarada de conformidad con el art. 84, XIX.
En este sentido, se disciplina el artículo 84, inciso XIX, para que efectivamente se declare la guerra:
XIX - declarar la guerra, en el caso de la agresión extranjera, autorizado por el Congreso y aprobado por él, cuando esto ocurre entre períodos de sesiones legislativas, y en las mismas condiciones, el decreto de movilización nacional total o parcial;

Sin embargo, el Código Penal Militar (1969) enumera varias hipótesis que permiten la aplicación de la pena de muerte, como traición a la patria (Art.355), el fomento de los enemigos (art.356), las fugas en presencia del enemigo (artículo 365) , insubordinación (art. 387), robo o extorsión (art. 405), entre muchos otros. Además, el Código de Procedimiento Penal de la disciplina militar, el detalle, la ejecución: "El militar tiene que ser tirado fuera de la cárcel sin comunes y uniformes e insignias, y tendrá los ojos vendados, a menos que la rechace, en el momento que recibirá el alta carga. La voz de fuego será presentado por los signos.

El tema genera numerosos grupos de discusión. Es a menudo censurada por la sociedad, porque esto significa que la muerte es lo peor que puede pasar al infractor, en vista que en el fim la persona no tenha oportunidad de demostrar nada más. Y de hecho, en esta perspectiva, es negativada tal sanción.

Desde el punto de vista del Estado, es un valor de aplicación mucho más barato.

No entiendo que la muerte es algo tan cruel. Puede ser mejor que pasar años en entornos de prisión, basada en el escaso conocimiento que tenemos de la vida de los condenados. Sin embargo, no es dado al hombre el poder de decidir sobre la vida y en ese punto estoy en contra de la aplicación de esta pena: sólo en este punto.

El delincuente tendrá más oportunidades para aprender y reflexionar sobre lo que hizo si es mayor sus sufrimientos. La muerte no restará esto, pero pagar en vida es mejor.

Así que dejo abierto a comentarios ...

2 comentários:

  1. excelente texto, niña.
    De mi parte, la pena de muerte no es la mejor salida, pero pagar con nuestro sudor la estada cinco estrellas de los criminales, no es justo ni un gesto de ciudadanía.

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  2. Yo pienso lo mismo que Maria Luiza, pues la pena de muerte no da o derecho de la persona pensar en cambiar su vida y pagar por sus delitos.

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